viernes, 21 de diciembre de 2018

Podrías no ser intolerante al gluten, sino al herbicida más utilizado en agricultura | Por Paola Opazo Sáez.

"Este estudio ponía en evidencia que la intolerancia al gluten y la enfermedad celíaca muestran síntomas sorprendentemente similares a los de animales de laboratorio expuestos al glifosato, afectando el sistema digestivo de los peces, al disminuir las enzimas y bacterias intestinales, dañando los pliegues y las microvellosidades intestinales".
Dentro de nuestra dieta, el 95% de los alimentos que consumimos proviene del suelo, que implica acciones variadas para impedir la destrucción y enfermedades de los cultivos, como por ejemplo, controlar malezas, plagas e insectos, con lo que el agricultor recurre a algunos herbicidas, como el Roundap, que entre sus compuestos, contienen un activo llamado glifosato.
El glifosato consiste en una molécula pequeña y que se combina con otras sustancias -como los tensioactivos- para mejorar su eficiencia, ya que disuelta en agua y otros componentes aumentan su solubilidad y se puede emplear para rociar los cultivos.
Pero tras largos e intensivos años de uso, el glifosato aparece como el gran sospechoso de un espectro de patologías y cuadros muy variados, que afectan a la población mundial, gracias  a su masificación e ingestión en la alimentación diaria.
OMS, glifosato y enfermedades
La Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) es una entidad especializada dependiente de la OMS, que tras trabajar varios años en su investigación, emitió un documento que reconoce que existen pruebas convincentes de que el glifosato puede causar cáncer en animales de laboratorio y hay pruebas limitadas de carcinogenicidad en humanos -evidencia obtenida a partir de agricultores- como el linfoma no Hodgkin, donde las estadísticas de la American Cancer Society muestran un aumento del 80% desde principios de la década de 1970, época en hizo su aparición el glifosato en el mercado.
Ahora el glifosato está recibiendo la atención que merece, tras varios años de estudio sobre sus implicaciones en algunas afecciones intestinales.
En el 2009, un grupo de investigadores buscaron anticuerpos contra el gluten en el suero congelado obtenido entre los años 1948-1954 y los compararon con muestras de personas de la época actual. Encontraron que la incidencia de la enfermedad celíaca en la generación más joven se había cuadruplicado.
Además, el número de personas que han sido diagnosticadas con intolerancia al gluten y enfermedad celíaca ha ido incrementando, coincidiendo con el aumento del uso de glifosato en la agricultura, especialmente durante la década de los ochentas, donde se incorporó como rutina la práctica de empapar granos en el herbicida justo previo a la cosecha.
Si vamos a la epidemiología, no se considera casualidad que en los pueblos agrícolas se hayan disparado los casos de hipotiroidismo, el asma bronquial, los trastornos reproductivos y las patologías oncológicas, produciendo una transformación en las tasas de morbilidad y mortalidad en el mundo.
Explicación fisiopatológica
La explicación se basa en observar como este difundido herbicida sea capaz de inhibir las enzimas de la cadena del citocromo P450, un sistema involucrado en el catabolismo de la vitamina A, la activación  de la vitamina D3, la síntesis de ácido biliar y el suministro adecuado de sulfato al intestino.
Además, se ha demostrado que provoca déficit de minerales como el hierro, además de oligoelementos como cobalto, molibdeno, cobre y otros, ya que puede eliminarlos  del organismo debido a su capacidad quelante. También puede eliminar aminoácidos como el triptófano, tirosina, metionina y selenometionina.
Estas y otras conclusiones fueron elaboradas fruto de un metaanálisis que incluyó a casi 300 estudios, publicado en la revista  Journal of Interdisciplinary, en el 2013, pero que en su momento casi no recibió atención de los medios ni la comunidad científica (ver aquí).
Este estudio ponía en evidencia que la intolerancia al gluten y la enfermedad celíaca muestran síntomas sorprendentemente similares a los de animales de laboratorio expuestos al glifosato, afectando el sistema digestivo de los peces, al disminuir las enzimas y bacterias intestinales, dañando los pliegues y las microvellosidades intestinales.
Aún, pese a que la enfermedad celíaca, y, en general, la intolerancia al gluten, se han transformado en un problema de proporciones a nivel mundial, pero especialmente en países de América del Norte y Europa, donde se estima que un 5% de personas están afectadas por estos cuadros.
Los defensores del glifosato
Mientras algunos sugieren que el reciente incremento en la enfermedad celíaca se debe a la mejoría en las herramientas diagnósticas de laboratorio, que se dio alrededor del año 2000.
Por su parte Monsanto asegura que por su baja toxicidad, el glifosato sería un herbicida empleado exitosamente en más de 140 países desde hace 30-40 años. Esta seguridad -argumenta- ha sido ratificada por organismos internacionales como la EPA (Environmental Protection Agency de los Estados Unidos) y por su inclusión en la Directiva 91/414/CE (Comunidad Europea), que controla, dentro de otras actividades, los productos fitosanitarios de esa región.
Afirman por medio de diferentes análisis que el glifosato no presenta efectos nocivos sobre la fauna (mamíferos, aves), microfauna, ni sobre la salud humana, ni tiene efectos adversos para el ambiente, cuando es empleado correctamente para los fines previstos en su etiqueta. No existen al momento, en Argentina o en el mundo, estudios científicos serios que cuestionen o invaliden ninguno de los múltiples estudios realizados sobre el glifosato, y que avalan sus características y propiedades.
En el Informe publicado hace algunos años por la Reunión Conjunta FAO/OMS  sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR) se concluyó que:
Es poco probable que haya riesgo de que el glifosato sea carcinógeno para los seres humanos, en una exposición a través de la dieta”.
Además, según muchos aducen el hecho que el glifosato ha venido a reemplazar a muchos herbicidas altamente tóxicos.
Pero estas afirmaciones se basan en gran medida en estudios que han quedado obsoletos y que ni siquiera han sido publicados, pues han sido pedidos y financiados por las empresas de plaguicidas para apoyar el registro del producto. Además, estas investigaciones han sido realizadas solamente empleando el glifosato como ingrediente activo, y no con las fórmulas del herbicida en los comercios, puesto que algunos hallazgos de laboratorios independientes sobre mamíferos y células humanas han encontrado que los adyuvantes químicos contenidos en ellas -como el  Polioxietil amina (POEA)- son aún más tóxicos que el herbicida en cuestión.
Existen además conflictos económicos de gran envergadura en la agroindustria, particularmente a raíz del cultivo de soja, que ha visto un aumento considerable en los países del cono sur -entre ellos la Argentina- donde actualmente representa más del 50% del total de su producción agraria. Este cultivo proviene casi exclusivamente de semillas transgénicas, las cuales están adaptadas y resiste la aplicación del glifosato.


Las sospechas ante este químico tan difundido no están aún confirmadas ni descartadas, pero la posibilidad y cada vez más difundida discusión han hecho que los gobiernos entren en dudas, enfrentamientos y conflictos con los actores que conforman el agro, la industria y la sociedad en su conjunto.

domingo, 16 de diciembre de 2018

La ciencia lo confirma: Los hermanos mayores son más inteligentes | Por Kate Nateras.

Tu hermano mayor es más inteligente y no lo dicen tus padres, lo confirma la ciencia.

Siempre existe esa rivalidad de hermanos en la que luchan para saber quién es más inteligente y el favorito de la familia, incluso involucran a los papás para saber quién está en lo correcto. Prepárate para saber la verdad, porque si eres el hermano menor, es probable que toda tu vida hayas estado en un error: tu hermano mayor es más inteligente y no lo dicen tus padres, lo confirma la ciencia.
Una investigación realizada por los economistas de la Universidad de Edimburgo y Sidney, dice que los padres acostumbran a estimular más mentalmente a sus hijos mayores y por esta razón, tienen más probabilidad de ser más exitosos en la escuela y obtener mejores salarios.
En el estudio publicado en The Journal of Human Resources, los investigadores se encargaron de seguir los casos de casi 5 mil niños desde su nacimiento hasta los 14 años; cada dos años se dedicaron a hacer pruebas de lectura y habilidades cognitivas a los participantes. 
Los investigadores descubrieron que existen diferencias respecto a la percepción de la inteligencia de los niños, ya que los hermanos mayores aceptaban que eran más rápidos para entender las cosas a comparación de su hermano mayor, además estaban de acuerdo con la idea de que se les facilitaba entender ideas abstractas y que dominaban un vocabulario más amplio que los menores.
Los investigadores también encontraron que, a partir del primer año, los hijos mayores tuvieron una puntuación más alta en las pruebas para medir su coeficiente intelectual.
En los resultados también observaron que los padres de más de un hijo, dedicaban el mismo tiempo a todos los hijos, pero dedican más estimulación mental como tardes de lectura, artesanías, dibujos, etcétera, a los hijos pequeños.
Para llegar a la conclusión de que los hermanos mayores sí son más listos que los menores y la variación del intelecto conforme al orden de nacimiento, los científicos consideran varios factores como señales; ciertas condiciones durante la gestación o tal vez factores ambientales, lo cierto es que no hay una respuesta clara respecto al tema.
A pesar de que tus padres brinden la misma atención a todos tus hermanos y a ti, ellos influyeron a que sea más alto el coeficiente intelectual de tu hermano mayor que el de los demás. Pero no te sientas mal, si eres el menor seguramente eres el favorito y consentido de la familia.

miércoles, 28 de noviembre de 2018

El pueblo mapuche es preexistente a la Argentina. No vino de Chile.

Hacia 1740, la Argentina no estaba en los planes de nadie. El cura Falkner trabajó en una misión en la zona donde actualmente están balnearios de la costa bonaerense. Desde allí, describió que para esquivar al "Huecubu Mapu", los "indios" utilizaban un camino que distaba 15 leguas de las sierras, en dirección al mar. Y que el "Hueyque Lebu" o "río de los sauces pequeños", anticipaba la llegada al río Colorado. El inglés tradujo Huecubu Mapu como País del Diablo, aunque la noción cristiana de diablo es ajena a la cultura mapuche. Pero más allá de su desconocimiento del mapuzungun, está claro que las dos marcas de toponimia hablan de la presencia mapuche en la actual provincia de Buenos Aires, cuando faltaban 70 años para la Revolución de Mayo.

miércoles, 1 de agosto de 2018

1° de AGOSTO, DÍA de la PACHAMAMA | La Leyenda de Pachamama & Pachacamac, Cielo y Tierra unidos por Amor.


Cuenta una leyenda que hace millones de años, desde el cielo dos hermanos, Pachacamac (el dios creador del mundo) y Wakon (el dios del Fuego y del Mal), posaron su atención en una atractiva y encantadora joven: Pachamama (Madre Tierra). Atraído por su gran belleza, Pachacamac no dudó en conquistar el corazón de aquella joven. Pachacamac, dios del cielo, se unió a Pachamama y de esta unión nacieron los gemelos llamados Wilka, varón y hembra.

Pero su hermano Wakon,  también se había enamorado de aquella joven, se llenó de ira contra la pareja de esposos y empezó a desencadenar desastres en la tierra: sequías, inundaciones y muerte, por lo que fue expulsado del cielo.

Pachacamac conmovido por la devastación provocada por su hermano, bajó del cielo y se enfrentó con él en una brutal pelea que permitió restablecer el orden del planeta. Pachamama y Pachacamac reinaron en la tierra como seres mortales junto a sus mellizos: los Wilkas. Aquella felicidad les duró poco, pues Pachacamac se ahogó en la mar convirtiendose en una isla. Entonces la oscuridad cubrió al mundo.

Al quedarse viuda la diosa Tierra, sola con sus hijos mientras reinaba la oscuridad y en la soledad de la noche, un día vieron a lo lejos una luz situada en una distante colina, a la cual se dirigieron vacilantes. Salieron de Kappur por las fragosidades de Gasgachin de la quebrada de Arma, y en el camino monstruos temibles los acechaban. Al pasar por la laguna de Rihuacocha bebieron de sus aguas y siguieron adelante.

Por último llegaron a una cueva conocida con el nombre de Waconpahuin en el cerro de Reponge, habitada por un hombre semidesnudo quien los invitó a pasar, (se trataba de una trampa del malvado Wakon, quien tomó una forma diferente). En el fuego hervían unas papas en una olla de piedra y, dirigiéndose a los niños, Wakon pidió fuesen a una fuente a traer agua, pero el cántaro que les dio estaba rajado y por esa causa los niños tardaron en regresar a la cueva.

Durante la ausencia de los mellizos, Wakon intentó seducir a Pachamama y, al no lograrlo, la mató, alejándose así su espíritu para convertirse en la Cordillera Central de los Andes.

Al regresar los gemelos preguntaron por su madre y Wakon les dijo que no tardaría en volver, pero los días pasaban sin que apareciera.

Huaychau, ave que anuncia la salida del sol, se compadeció de los niños y les contó la suerte de su madre y el peligro que corrían de continuar con Wakon. Les aconsejó ir a la cueva de Yagamachay, lugar donde estaba durmiendo Wakon y, aprovechando su profundo sueño, atarlo de los cabellos a una gran piedra y escapar rápidamente, hecho que cumplieron al pie de la letra los mellizos.

En su huida los hermanos encontraron a Añas, la zorra quien les preguntó por que corrían y al enterarse de sus andanzas les escondió en su madriguera. Mientras tanto despertó Wakon y, después de desatarse de la guanca o piedra, partió en busca de los mellizos.

Por el camino se topó con un puma, un cóndor y una serpiente o amaru, pero no supieron decirle donde se hallaban los niños. Después se cruzó con Añas, la zorra, que astutamente le aconsejó subir a un empinado cerro y desde allí cantar imitando la voz de la madre para que los pequeños fuesen hacia el cerro.

Apresurado se marchó Wakon, sin darse cuenta que Añas le había tendido una trampa, y al pisar la piedra cayó al abismo. Su muerte causó un violento terremoto.

Los mellizos permanecieron con Añas, ocultos en la madriguera de la zorra, cuando el espíritu de Pachacamac vió desde el cielo su sufrimiento, decidió llevarlos de regreso junto a él, al despertar, ellos vieron bajar del cielo una larga soga. Sorprendidos, consultaron entre ellos y decidieron trepar por la cuerda y ver a donde les conducía. Subieron y subieron y llegaron al cielo donde hallaron a Pachacamac que se había apiadado por sus desventuras. Reunidos con su padre, él les entrega su reino y los convierte en el Sol y la Luna, dando paso al día y la noche. Un regalo para que nunca regresen las tinieblas.

En cuanto a Pachamama quedó para siempre en la protectora del planeta y de todos los seres vivos, diosa de la fertilidad, de la  productividad, del aumento del ganado y defensora de la naturaleza.

domingo, 29 de julio de 2018

"DÍA DE LA CULTURA NACIONAL" | 29 de Julio - Argentina.

Se conmemora en todo el territorio argentino el “Día de la Cultura Nacional”, la celebración fue instituida por decreto presidencial en 1982 al cumplirse 25 años del fallecimiento de Ricardo Rojas quien fuera periodista, historiador, poeta, escritor, profesor universitario y uno de los más destacados miembros de la Unión Cívica Radical lo que le valió la cárcel y el destierro a la Isla Grande de Tierra del Fuego en donde escribió varios de sus libros.
Nacido en San Miguel de Tucumán el 16 de septiembre de 1882 y dedicó su vida entera a enaltecer el teatro, la literatura y la cultura argentina. En su extensa trayectoria académica fue docente y Rector de la Universidad de Buenos Aires además de haber escrito más de medio centenar de obras de diversos géneros literarios entre la que se destaca entre otras “El santo de la espada” que narra la vida del Gral. José de San Martín la que fuera llevada al cine en 1970 dirigida por Leopoldo Torre Nilsson.

miércoles, 9 de mayo de 2018

IDENTIDAD DE GENERO | Ley 26.743

Establécese el derecho a la identidad de género de las personas.
Sancionada: Mayo 9 de 2012
Promulgada: Mayo 23 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho:
a) Al reconocimiento de su identidad de género;
b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género;
c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.
ARTICULO 2° — Definición. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
ARTICULO 3º — Ejercicio. Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.
ARTICULO 4º — Requisitos. Toda persona que solicite la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen, en virtud de la presente ley, deberá observar los siguientes requisitos:
1. Acreditar la edad mínima de dieciocho (18) años de edad, con excepción de lo establecido en el artículo 5° de la presente ley.
2. Presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una solicitud manifestando encontrarse amparada por la presente ley, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original.
3. Expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse.
En ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.
ARTICULO 5° — Personas menores de edad. Con relación a las personas menores de dieciocho (18) años de edad la solicitud del trámite a que refiere el artículo 4º deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, la persona menor de edad deberá contar con la asistencia del abogado del niño prevista en el artículo 27 de la Ley 26.061.
Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno/a de los/as representantes legales del menor de edad, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que los/as jueces/zas correspondientes resuelvan, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
ARTICULO 6° — Trámite. Cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5°, el/la oficial público procederá, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo, a notificar de oficio la rectificación de sexo y cambio de nombre de pila al Registro Civil de la jurisdicción donde fue asentada el acta de nacimiento para que proceda a emitir una nueva partida de nacimiento ajustándola a dichos cambios, y a expedirle un nuevo documento nacional de identidad que refleje la rectificación registral del sexo y el nuevo nombre de pila. Se prohíbe cualquier referencia a la presente ley en la partida de nacimiento rectificada y en el documento nacional de identidad expedido en virtud de la misma.
Los trámites para la rectificación registral previstos en la presente ley son gratuitos, personales y no será necesaria la intermediación de ningún gestor o abogado.
ARTICULO 7° — Efectos. Los efectos de la rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila, realizados en virtud de la presente ley serán oponibles a terceros desde el momento de su inscripción en el/los registro/s.
La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados, las que se mantendrán inmodificables, incluida la adopción.
En todos los casos será relevante el número de documento nacional de identidad de la persona, por sobre el nombre de pila o apariencia morfológica de la persona.
ARTICULO 8° — La rectificación registral conforme la presente ley, una vez realizada, sólo podrá ser nuevamente modificada con autorización judicial.
ARTICULO 9° — Confidencialidad. Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del/la titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada.
No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso, salvo autorización del/la titular de los datos. Se omitirá la publicación en los diarios a que se refiere el artículo 17 de la Ley 18.248.
ARTICULO 10. — Notificaciones. El Registro Nacional de las Personas informará el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia, a la Secretaría del Registro Electoral correspondiente para la corrección del padrón electoral y a los organismos que reglamentariamente se determine, debiendo incluirse aquéllos que puedan tener información sobre medidas precautorias existentes a nombre del interesado.
ARTICULO 11. — Derecho al libre desarrollo personal. Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.
Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad en la intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente, el consentimiento informado de la persona. En el caso de las personas menores de edad regirán los principios y requisitos establecidos en el artículo 5° para la obtención del consentimiento informado. Sin perjuicio de ello, para el caso de la obtención del mismo respecto de la intervención quirúrgica total o parcial se deberá contar, además, con la conformidad de la autoridad judicial competente de cada jurisdicción, quien deberá velar por los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño o niña de acuerdo con lo estipulado por la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La autoridad judicial deberá expedirse en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de la solicitud de conformidad.
Los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce.
Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.
ARTICULO 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados.
Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a.
En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.
ARTICULO 13. — Aplicación. Toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas. Ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del acceso al mismo.
ARTICULO 14. — Derógase el inciso 4° del artículo 19 de la Ley 17.132.
ARTICULO 15. — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.743 —

jueves, 29 de marzo de 2018

EL CACIQUE ORKEKE CON SU TRIBU (1883)

Su ultimo día en la Patagonia, cuando le sacaron el viento, cuando, el coiron. Cuando el gobierno nacional le sacó todo. EL CACIQUE ORKEKE CON SU GENTE EN PUERTO DESEADO, ANTES DE SUBIR AL BARCO "Villarino", en el centro con un sombrero.

sábado, 17 de marzo de 2018

El 17 de marzo de 1992 la Argentina entró brutalmente en la agenda del terrorismo internacional.


Ese día, un atentado dinamitero voló la embajada de Israel en Buenos Aires. La ciudad tembló, el país enmudeció y la nación tomó conciencia dramáticamente de sus limitaciones y de las tremendas consecuencias que pueden acarrear frivolidad y política cuando desaparece el límite que debe separarlas.

Murieron 22 personas, cifra que pudo darse por certera recién después de casi diez años de ocurrida la masacre, ya que a lo largo de casi una década se creyó que los muertos fueron 29. En una palabra, que ni siquiera supieron contar las víctimas..
La investigación, que recayó en la Corte Suprema de Justicia ,no sólo no llegó a nada sino que, después de recorrer mil hipótesis absurdas cuando no insultantes, terminó acusando a un terrorista internacional sobre el cual no existe ni una sola prueba en todo el expediente.

Todo el Estado fracasó en esa infame investigación.
La sociedad argentina en un primer momento pensó –quiso pensar– que se trataba de la extensión de una guerra a la que la Argentina era ajena. Arabes e israelíes habían trasladado su teatro de operaciones hasta estas costas.

Desde el mismo 17 de marzo, el Estado, el gobierno de Menem, comenzó a generar las condiciones –por su frivolidad, por su molicie, por su desinterés criminal– para otra masacre. Esa tarde de marzo de 1992,hace ya más de diez años, cuando el piso tembló y 22 personas fueron despedazadas en el corazón de esta patria, se puso en marcha el engranaje criminal que arrasaría con la AMIA apenas 853 días después de la demolición de la embajada de Israel.
Hoy, donde estaba la embajada hay una plaza. No hay detenidos por la masacre, tampoco hay JUSTICIA...